Banco Bridge

En inglés: Bridge Bank

DEFINICIÓN de `Banco de puentes’

Un banco autorizado a mantener los activos y pasivos de otro banco, específicamente un banco insolvente. Un banco puente está encargado de continuar las operaciones del banco insolvente hasta que el banco se disuelva mediante la adquisición por otra entidad o la liquidación. Un banco puente puede ser un banco nacional o una asociación de ahorro federal constituida o designada por la Federal Deposit Insurance Corporation (FDIC).

DESGLOSE ‘Banco puente’

La FDIC fue autorizada a fundar estos bancos temporales por la Ley de Banca de Igualdad Competitiva de 1987. La FDIC tiene la autoridad, utilizando un banco puente, para operar un banco insolvente por hasta tres años hasta que se pueda encontrar un comprador.

  • Fallo bancario

  • Banco

  • Ejecución bancaria

  • Financiación de puentes