Fideicomiso A-B

En inglés: A-B Trust

DEFINICIÓN de “A-B Trust”

Un fideicomiso A-B es un fideicomiso conjunto creado por una pareja casada con el propósito de minimizar los impuestos al patrimonio. Un fideicomiso A-B es un fideicomiso que se divide en dos al fallecer el primer cónyuge. Se forma con cada cónyuge colocando activos en el fideicomiso y nombrando como beneficiario final a cualquier persona adecuada excepto el otro cónyuge.

El fideicomiso recibe su nombre del hecho de que se divide en dos al fallecer el primer cónyuge – fideicomiso A o fideicomiso del sobreviviente, y fideicomiso B o fideicomiso del difunto.

DESGLOSE ‘A-B Trust’

Después de la muerte de un individuo, su patrimonio es gravado fuertemente antes de que sus beneficiarios lo reciban. Por ejemplo, una pareja casada tiene un patrimonio de 3 millones de dólares en el momento en que uno de los cónyuges muere. El cónyuge sobreviviente se queda con $3 millones que no están sujetos a impuestos debido a la deducción matrimonial ilimitada por bienes que fluyen de un cónyuge fallecido a un cónyuge sobreviviente. Sin embargo, si el otro cónyuge fallece y su exención del impuesto sucesorio es de $1 millón, la porción gravable del patrimonio será de $2 millones. Esto significa que $2 millones serán gravados al 40% y la cantidad restante será transferida a los beneficiarios.

Para evitar que el patrimonio esté sujeto a impuestos tan altos, muchas parejas casadas establecen un fideicomiso bajo su última voluntad y testamentos llamado fideicomiso A-B. Siguiendo el ejemplo anterior, si la pareja en cambio tenía un fideicomiso A-B, la muerte del primer cónyuge no desencadenará ningún impuesto sucesorio como resultado de la exclusión de por vida. Después de la muerte, la suma de dinero equivalente a la exención del impuesto sucesorio en el año en que fallece se pone en un fideicomiso irrevocable llamado fideicomiso Bypass o fideicomiso B. Este fideicomiso también se conoce como el fideicomiso del difunto. La cantidad restante, $2 millones, será transferida a un fideicomiso de sobreviviente, o un fideicomiso, sobre el cual el cónyuge sobreviviente tendrá control total. El impuesto sucesorio sobre el fideicomiso A se difiere hasta después de la muerte del cónyuge sobreviviente.

El fideicomiso A contiene los intereses de propiedad del cónyuge sobreviviente, pero tiene control limitado sobre los activos del fideicomiso del cónyuge fallecido. Sin embargo, este control limitado sobre el fideicomiso B permitirá que el cónyuge sobreviviente viva en la casa de la pareja y obtenga ingresos del fideicomiso, siempre y cuando estos términos estén estipulados en el fideicomiso. Aunque el cónyuge sobreviviente puede acceder al fideicomiso puente, si es necesario, los activos en este fideicomiso puentearán su patrimonio imponible después de su muerte. Después de que el cónyuge sobreviviente fallece, sólo los bienes en el fideicomiso A están sujetos a impuestos sucesorios. Si la exención del impuesto sucesorio para este cónyuge es también de $1 millón y el valor de los activos en el fideicomiso del sobreviviente es de $2 millones, sólo $1 millón estará sujeto al impuesto sucesorio.

Transferible entre cónyuges

La exención del impuesto federal es transferible entre parejas casadas a través de una designación referida como la portabilidad de la exención del impuesto al patrimonio. Si uno de los cónyuges fallece, la porción no utilizada de su exención del impuesto sucesorio puede transferirse y agregarse a la exención del impuesto sucesorio del cónyuge sobreviviente. Al fallecer el cónyuge sobreviviente, la propiedad en el fideicomiso del difunto pasa libre de impuestos a los beneficiarios nombrados en este fideicomiso. Esto se debe a que el fideicomiso B agota la exención del impuesto sucesorio del cónyuge t

  • Confianza

  • Deducción matrimonial ilimitada

  • Renuncia de responsabilidad

  • Fondo Fiduciario