SEC Formulario D

En inglés: SEC Form D

DEFINICIÓN del «Formulario SEC D»

El Formulario D de la SEC es una presentación ante la Comisión de Valores y Bolsa (SEC, por sus siglas en inglés). Se requiere para algunas compañías que venden valores en una exención de la Regulación D o con disposiciones de exención de la Sección 4(6).

El Formulario D es un aviso a corto plazo, detallando información básica sobre la compañía para los inversionistas en la nueva emisión. Dicha información puede incluir el tamaño y la fecha de la oferta, junto con los nombres y direcciones de los ejecutivos de la compañía. Esta notificación sustituye a los informes más tradicionales y extensos cuando se presenta una emisión no exenta.

El formulario D debe presentarse a más tardar 15 días después de la primera venta de valores.

SEC FORMULARIO D»

El Formulario D también se conoce como el Aviso de Venta de Valores y es un requisito bajo la Regulación D, Sección 4(6) y/o la Exención Uniforme de Oferta Limitada de la Ley de Mercado de Valores de 1933.

Esta ley, a la que a menudo se hace referencia como la ley de la «verdad en los valores», requiere que estos formularios de registro, que proporcionan hechos esenciales, se presenten para revelar información importante sobre una operación a los propietarios parciales, incluso en esta forma menos tradicional de registro de los valores de una empresa. El Formulario D ayuda a la SEC a lograr los objetivos de la Ley de Mercado de Valores de 1933 (Securities Exchange Act of 1933), que exige que los inversionistas reciban los datos apropiados antes de comprar. Italso ayuda a prohibir el fraude en la venta.

Formulario D de la SEC y colocaciones privadas

La Regulación D rige las colocaciones privadas de valores. Una colocación privada es un evento de levantamiento de capital que involucra la venta de valores a un número relativamente pequeño de inversionistas selectos. Estos inversores suelen estar acreditados y pueden incluir grandes bancos, fondos mutuos, compañías de seguros, fondos de pensiones, family offices, fondos de cobertura y personas con un patrimonio neto alto y ultra alto. Dado que estos inversionistas generalmente tienen recursos y experiencia significativos, los estándares y requisitos para una colocación privada son a menudo mínimos, en contraste con una emisión pública.

En una emisión pública o una oferta pública inicial tradicional, el emisor (empresa privada que se convierte en pública) colabora con un banco de inversión o una empresa aseguradora. Esta firma o sindicato de firmas ayuda a determinar qué tipo de garantía emitir (por ejemplo, acciones ordinarias y/o preferentes), la cantidad de acciones a emitir, el mejor precio de oferta para las acciones y el momento perfecto para llevar la operación al mercado. Dado que las OPIs tradicionales a menudo son compradas por inversores institucionales, que luego pueden asignar porciones de acciones a inversores minoristas, es fundamental que estas emisiones públicas proporcionen información completa para ayudar a los inversores menos experimentados a comprender plenamente los riesgos potenciales y las recompensas de ser propietarios parciales de la empresa.

  • Formulario SEC S-8

  • Formulario SEC 10

  • Formulario SEC 15

  • SEC Forma 8-A